El próximo 25 de julio finaliza el plazo para solicitar el Informe Motivado al MINECO que permite a las empresas aplicar las deducciones fiscales por I+D+i del ejercicio fiscal 2015 con total garantía jurídica.
Estos incentivos ofrecen la posibilidad de recuperar hasta el 42% de la inversión realizada en I+D+i. Los gastos susceptibles de lograr deducción son muy amplios e incluyen: personal (sueldo y Seguridad Social), materiales, amortización de equipos o colaboraciones externas.
En el caso de las empresas de los sectores textil, calzado, juguete, marroquinería, mueble y madera, también es posible conseguir un retorno del 12% de todo el gastos relacionado con la elaboración del muestrario.
Las deducciones fiscales a la I+D+i son una ayuda en forma de deducción fiscal que se aplica en el impuesto de sociedades, sobre la cuota íntegra. Si la empresa no tiene suficiente cuota puede aplicar la deducción hasta en 18 años o incluso, cumpliendo con una serie de requisitos, puede aplicarla sin límite en la cuota o solicitar la capitalización.
Las principales características de este incentivo son:
- La justificación es a periodo vencido y por lo tanto es posible recuperar la inversión realizada durante el ejercicio 2015.
- El calendario es claro. La empresa puede aplicarlas coincidiendo con la presentación del Impuesto de Sociedades.
- Son un derecho que tiene la empresa y por lo tanto no hay concurrencia competitiva.
- No hay mínimos ni máximos. La deducción es totalmente proporcional a la actividad innovadora de la empresa.
- Son compatibles con otras ayudas (la parte de la ayuda se minora).
- No tributan.
- Son totalmente vinculantes con la Administración Tributaria y por lo tanto ofrecen seguridad jurídica.
- Las empresas que tengan el sello de Pyme Innovadora puede compatibilizar las deducciones fiscales por I+D+i con las bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador.
Puede solicitar más información en: info@proyectainnovacion.com