Objeto
Subvenciones destinadas a apoyar a empresas constituidas legalmente en España, afectadas por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, cuya sede social figure en ese periodo de tiempo en el listado de municipios afectados incluidos en el Anexo del Real Decreto-ley 6/2024.
Empresas beneficiarias
Empresas constituidas legalmente en España que cumplan los siguientes requisitos:
- No tener deudas con ICEX.
- No estar en situación de “empresa en crisis”.
- No haber superado los 300.000 € en ayudas de minimis denlos últimos 3 años.
- Cumplir con la normativa de género.
- Autorizar a ICEX el acceso a información aduanera sobre su comercio exterior.
Cuantía máxima subvencionable
La cuantía máxima subvencionable será del 70 % de los gastos considerado como subvencionables de acuerdo con el apartado séptimo de esta convocatoria y el apoyo máximo por beneficiario de 300.000 €.
Los gastos subvencionables deben alcanzar un mínimo de 6.000 €.
Gastos subvencionables
1. Gastos previos, de constitución y primer establecimiento:
- Estudios de viabilidad.
- Gastos de constitución de la filial, sucursal u oficina de representación.
- Asesoramiento externo.
2. Gastos de promoción internacional para su consolidación, posicionamiento e implantación en los mercados exteriores:
- Investigación de mercados
- Publicidad, materiales promocionales
- Ferias, eventos, patrocinios y viajes de prospección
- Servicios profesionales, RRPP
3. Gastos de defensa jurídica
- Defensa de la marca.
- Homologaciones y certificaciones dirigidas a mercados de destino.
- Certificaciones y precalificaciones ante grandes clientes en mercados exteriores no necesarias en el mercado español.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 26/03/2025 hasta el 25/05/2025.
Plazo de ejecución
Podrán ser objeto de la ayuda los gastos que se hayan producido desde el 29/10/2024 hasta el 31/12/2025.
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