El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha publicado las bases de las ayudas a la inversión industrial que contribuya al desarrollo industrial. Dicho apoyo se articula a través de dos líneas:
- Programa de reindustralización: apoya las nuevas instalaciones industriales, así como las ampliaciones y las relocalizaciones.
- Planes de inversión para la mejora de instalaciones industriales en funcionamiento a través de cambios y modificaciones que tengan gran impacto en su competitividad
A continuación le detallamos la información de la segunda línea referida a la mejora y modificación de las líneas de producción.
Objeto
Apoyo financiero para las inversiones industriales destinadas a la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes.
Beneficiarios
Sociedades válidamente constituidas.
Gasto financiable
Se financia la adquisición de activos fijos de carácter material, así como los gastos de ingeniería de desarrollo intrínsecamente necesarios para la ejecución de las mejoras y/o modificaciones de líneas de producción. En concreto se apoya
- Obra civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones (excluidos terrenos).
- Edificación: adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
- Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción (excluidos elementos de transporte exterior).
- Ingeniería de proceso: gastos de personal propio, materiales, colaboraciones externas para el diseño y rediseño de procesos. Este apartado no podrá superar el 30% de apartado de aparatos y equipos de producción.
La parte de obra civil y edificación no podrá superar el presupuesto de aparatos y equipos.
Plazo de realización de las actividades: desde el 1 de enero de 2015 hasta 18 meses después de la fecha de resolución de la concesión.
Presupuesto mínimo
75.000 euros.
Importe de la financiación
75% del presupuesto financiable.
Tipo de ayuda
Préstamos reembolsables con un plazo de amortización de diez años, con un plazo de carencia de tres años.
El tipo de interés variará en función de la clasificación de la empresa beneficiaria y oscilará entre un 1,656% y un 4,34%.
Garantías
En el momento de la solicitud se deberá constituir una garantía por importe del 10% del préstamo solicitado. La garantía se liberará por tramos conforme se vayan produciendo los desembolsos.
Plazo para presentar las solicitudes
Del 1 de abril al 1 de junio de 2015.