Objetivo:
Crear un marco normativo que impulse la creación, crecimiento y atracción de startups, especialmente en sectores tecnológicos y rurales, fomentando la innovación y competitividad.
Definición de startup o empresa emergente:
Los requisitos que debe cumplir una empresa para entrar en esta categoría son los siguientes:
- No superar los 5 años de antigüedad (7 en el caso de sectores estratégicos como la biotecnología o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España).
- No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no sean consideradas emergentes.
- No distribuir dividendos.
- No cotizar en un mercado regulado.
- Tener la sede social o establecimiento permanente en España.
- Tener al menos al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España.
- No superar un volumen de negocio anual de diez millones de euros.
- Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable. La innovación puede consistir en desarrollar productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica.
Proceso de certificación:
Los emprendedores que quieran acogerse a los beneficios de esta ley deben solicitar a ENISA (Empresa Nacional de Innovación) que certifique el cumplimiento de los requisitos.
El análisis sobre el grado de innovación del proyecto emprendedor y la escalabilidad del modelo de negocio debe incluir los siguientes criterios:
- Grado de innovación.
- Grado de atractivo del mercado.
- Fase de vida de la empresa.
- Modelo de negocio.
- Competencia.
- Equipo.
- Dependencia de proveedores, suministradores y contratos de alquiler.
- Volumen de clientes o usuarios de la empresa.
Incentivos fiscales para las startups:
Las principales medidas fiscales incluidas en la ley son:
- Reducción del tipo impositivo en el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes: del 25 % al 15 % en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.
- Ampliación de la aplicación del régimen fiscal especial de los trabajadores desplazados: se extiende a los profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, que podrán optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) durante el periodo impositivo de cambio de residencia y los cinco siguientes. Deben cumplir la condición de no haber residido en España durante los 5 periodos impositivos anteriores, frente a los 10 exigidos antes de la entrada en vigor de la ley.
- Posibilidad de extender el aplazamiento del pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sea positiva.
- Ampliación de la base máxima de deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación de 60.000 a 100.000 euros anuales. También se eleva el tipo de deducción (del 30 al 50 %).
- Mejora del tratamiento fiscal de las stock options (opciones sobre acciones) usadas para retribuir a los trabajadores de la startup. El importe exento de tributar se eleva de los 12.000 euros a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de ‘startups’ de acciones o participaciones.
Ventajas administrativas ofrece la Ley de startups:
- Posibilidad de crear una empresa emergente en un solo paso, obteniendo un número de identificación fiscal, de manera que la empresa puede completar los trámites para su constitución posteriormente. Se elimina el doble trámite registral y notarial y se prevé un procedimiento íntegramente electrónico.
- Coste mínimo de aranceles notariales y registrales por la inscripción de sociedades de responsabilidad limitada.
- La ley exime a las startups de la exigencia de equilibrio patrimonial durante los tres primeros años desde su constitución. Esto implica que, en general, no tendrán que disolverse si sufren pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a menos de la mitad del capital social.
Otras medidas que incluye la ley para atraer el talento emprendedor:
La norma busca atraer y retener el talento nacional e internacional con medidas específicas como:
- Ampliación de la vigencia de las autorizaciones iniciales de residencia para emprendedores, inversores y estudiantes extranjeros. Además, la norma facilita la expedición del Número de Identificación de Extranjeros (NIE) para los solicitantes de autorizaciones de residencia.
- Creación de un visado especial de ‘nómadas digitales’ -personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia frecuentemente- para titulares que trabajen en territorio nacional para sí mismos o para empleadores de cualquier lugar del mundo.
- Eliminación de la obligación de obtener el NIE para los inversores no residentes. Solo se exige tanto a ellos como a sus representantes la solicitud de los números de identificación fiscal (NIF) a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), a través de un procedimiento electrónico y con un plazo de resolución de 10 días hábiles.
- Eliminación durante tres años de la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad para emprendedores que, de forma simultánea, trabajen por cuenta ajena para otra empresa.
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