Ayudas para proyectos de digitalizaci贸n d PYMES (Digitaliza-CV) 2025
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Las empresas que quieren aplicar las聽deducciones fiscales por I+D+i聽con total seguridad jur铆dica, tienen la posibilidad de solicitar al Ministerio de Ciencia e Innovaci贸n un Informe Motivado Vinculante (IMV). Este informe contiene la calificaci贸n de las actividades de I+D+i y se solicita anualmente coincidiendo con la presentaci贸n del Impuesto de Sociedades.聽
Para aplicar las deducciones fiscales por I+D+i el Informe Motivado Vinculante no es obligatorio, pudiendo la empresa aplicar los incentivos fiscales sin 茅l. No obstante, aunque su solicitud es voluntaria, su contenido es vinculante.
La emisi贸n de los Informes Motivados Vinculantes viene amparada por el art铆culo 35 de la Ley del Impuesto de Sociedades y por el Real Decreto 1432/2003, por el que se regula la emisi贸n de estos informes motivados.
Para solicitar un informe motivado vinculante es necesario que la empresa presente una solicitud聽telem谩tica聽dirigida a la Subdirecci贸n General de Fomento de la Innovaci贸n (Direcci贸n General de Investigaci贸n, Desarrollo e Innovaci贸n), a trav茅s de la aplicaci贸n para este cometido. En el caso de que la empresa tenga ejercicio fiscal natural (desde el 1 de enero al 31 de diciembre) el plazo para hacer la solicitud finalizar谩 el 25 de julio, coincidiendo con la presentaci贸n del Impuesto de Sociedades. En caso contrario la empresa dispondr谩 de 6 meses y 25 d铆as para hacer la solicitud, desde la finalizaci贸n del ejercicio fiscal.聽
Una vez registrada una solicitud, e iniciada la tramitaci贸n del expediente por parte del Ministerio, se generar谩 un n煤mero de expediente que es el que identificar谩 al mismo y le seguir谩 hasta su resoluci贸n. Posteriormente, la empresa tendr谩 que completar el expediente y aportar toda la documentaci贸n t茅cnica requerida, entre la cual est谩 un informe t茅cnico de calificaci贸n de las actividades e identificaci贸n de los gastos e inversiones asociadas a la I+D+i y que debe ser emitido por una entidad debidamente acreditada por la Entidad Nacional de Acreditaci贸n (ENAC), de acuerdo con el art铆culo 5 del Real Decreto 1432/2003.
Actualmente pueden solicitarse varios tipos de informes motivados, que avalan adem谩s de las deducciones fiscales por I+D+i, las deducciones por elaboraci贸n de muestrario o las bonificaciones a la seguridad social por personal investigador. Asimismo, organismos como聽CDTI聽tambi茅n emiten informes motivados de tipo ex-ante en sus proyectos de I+D. Es muy importante escoger bien la modalidad del informe a solicitar, puesto que posteriormente no se permite realizar cambios.聽
A continuaci贸n, se exponen los cuatro tipos de informes motivados:
Es un tipo de informe ex-post ya que se realiza al final del a帽o fiscal a los efectos de aplicar la deducci贸n fiscal por actividades de investigaci贸n y desarrollo e innovaci贸n tecnol贸gica. En esta modalidad se incluyen tambi茅n los muestrarios.聽
Es un informe motivado ex-ante, es decir, elaborado antes de que se lleve a cabo el proyecto y por su totalidad. Se solicita en cualquier momento antes de comenzar el proyecto a los efectos de calificarlo como investigaci贸n y desarrollo o innovaci贸n tecnol贸gica. Su funci贸n es poder aportarse en las consultas sobre interpretaci贸n y aplicaci贸n de normas previstas en el art铆culo 107 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.
Es un informe similar al B, pero en este caso su funci贸n es la de aportarse para la adopci贸n de los acuerdos previos de valoraci贸n que la Administraci贸n tributaria deber谩 realizar a petici贸n de la empresa y seg煤n lo previsto en el art铆culo 9 de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garant铆as de los Contribuyentes.
Es un informe ex-post que tiene como misi贸n informar del personal investigador contratado laboralmente por un periodo de tiempo concreto y que tiene una dedicaci贸n en exclusiva a actividades de I+D+i.
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