- ¿Quién puede beneficiarse? Destinatarios.
Las Jóvenes Empresas Innovadores son micro y pequeñas empresas, que cumplen los siguientes requisitos:
- Tener personalidad jurídica con ánimo de lucro, independientemente de su régimen jurídico, y cuya actividad principal consiste en la producción de bienes y servicios destinados al mercado.
- Tener menos de 50 trabajadores.
- Volumen de negocio inferior a 10 millones de euros.
- De reciente creación, máximo 6 años de antigüedad.
- Desarrollan un importante nivel de actividad de I+D+i, Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
- Que los gastos asociados a estas actividades de I+D+i supongan al menos el 15% de los gastos totales de la empresa durante los dos ejercicios fiscales anteriores o en el ejercicio anterior a la solicitud, cuando se trata de empresas de menos de dos años de antigüedad.
- Participación externa en el accionariado igual o inferior al 25%.
- Cargos ejecutivos independientes, no pudiendo ser Consejero Delegado, Gerente, etc…, de otras organizaciones, salvo que sean otras JEI.
- Beneficios de la acreditación como JEI
La acreditación como Joven Empresa Innovadora conlleva, de forma automática, la inclusión de la empresa en el Registro de Pymes Innovadoras del Ministerio de Economía y Competitividad, MINECO, que certifica así la actividad intensiva en I+D+i realizada por la empresa.
Además del reconocimiento del mercado e instituciones, la inclusión en el Registro de Pymes Innovadoras del MINECO conlleva las ventajas de un acceso privilegiado a las herramientas y programas de apoyo a la +D+i, como:
- Ayudas para la contratación y formación de técnicos y tecnólogos para el desarrollo de actividades de I+D+I en empresas y otras entidades del sector empresarial, de acuerdo al Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i.
- Bonificaciones de aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto del personal investigador recogidas en el RD 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador, que se dedica en exclusiva a actividades de I+D+i.
- Fomento de la Compra Pública Innovadora, para “PYMES INNOVADORAS”.
- Financiación: Línea ICO Innovación Fondo Tecnológico 2013-2015.
- Deducciones fiscales previstas en la Ley del Impuesto de Sociedades para actividades de I+D+i (art. 35 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades). Ser JEI es un antecedente clave para la obtención de informes de tercera parte que den garantía a la aplicación de las deducciones fiscales por actividades de I+D+i.
- Poder simultanear las bonificaciones a la Seguridad Social y las deducciones fiscales para el mismo personal.
- Proceso para certificarse como Joven Empresa Innovadora de acuerdo a la norma EA0043 del 2015
Para ello se tienen que desarrollar, implementar y documentar los requisitos de la norma EA0043 del 2015, realizando unas memorias que contengan:
- Justificación del cumplimiento de los requisitos relativos al carácter innovador del proceso y/o producto realizado por la empresa.
- Elaboración y realización de un plan de formación específico.
- Actualización/elaboración de un plan de negoción concreto determinado según las exigencias del texto normativo.
Siendo el último paso el superar una auditoría específica sobre los tres apartados anteriores.