Ayudas del programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante en Castilla-La Mancha 2024

Ayudas del programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante en Castilla-La Mancha 2024

Objeto:

Reforzar el tejido empresarial innovador de la región impulsando la competitividad de las empresas a través del apoyo al esfuerzo innovador que éstas realizan de cara a crear productos más competitivos en los mercados nacionales e internacionales y, a lograr procesos productivos más competitivos, a partir del desarrollo e introducción de nuevas tecnologías, que permitan abordar nuevos mercados y clientes.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas recogidas en este programa, las pymes que realicen alguna actuación subvencionable en el marco de este programa. Las grandes empresas sólo podrán ser beneficiarias de estas ayudas cuando realicen un proyecto de innovación empresarial de los establecidos en la actuación 1 en colaboración efectiva con pymes. Las empresas solicitantes deberán cumplir los requisitos:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Realizar una actividad económica subvencionable en Castilla-La Mancha vinculada al proyecto solicitado.
  • Disponer de al menos dos trabajadores por cuenta ajena y a tiempo completo o equivalentes en alta en la región en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud de ayuda.
  • No ser considerada empresa en crisis.
  • No serán empresas beneficiarias, aquellas empresas cuyas actividades estén expresamente excluidas, así como las comunidades de bienes y sociedades civiles, asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y en general entidades sin ánimo de lucro.

Actuaciones subvencionables:

a) Actuación 1. Proyectos para el desarrollo, implementación o puesta en marcha de nuevos productos, o una mejora significativa de los ya fabricados o realizados por la empresa.

Un producto tendrá la consideración de nuevo o significativamente mejorado si la empresa no produce un producto con la misma finalidad y características, o si el mismo incorpora una mejora sustancial incluyendo, entre otros aspectos, avances significativos en sus especificaciones técnicas, componentes, materiales, u otras características funcionales. La mejora o novedad no ha de ser meramente formal o accesoria, sino que debe suponer la existencia de un cambio esencial o la modificación en alguna de las características básicas e intrínsecas del producto, que atribuyan una nueva naturaleza al elemento modificado.

Las iniciativas comprenderán aquellas actividades, ya sean de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, realizadas por la empresa, así como pruebas, ensayos, validaciones o certificaciones encaminadas a desarrollar productos nuevos o significativamente mejorados en la empresa que tengan como finalidad introducirlos en el mercado. 

El resultado del proyecto de innovación empresarial deberá concretarse al menos en la obtención de un prototipo validado, mínimo producto viable, demostrador, proyecto piloto u otras soluciones que acrediten las cualidades técnicas y características de funcionamiento del nuevo o mejorado producto.

b) Actuación 2. Proyectos para el desarrollo e implantación de procesos nuevos o significativamente mejorados en alguna de las siguientes funciones de negocio de la empresa: actividades de fabricación o producción, logística, organizativas o de gestión.

El proceso tendrá la consideración de nuevo o significativamente mejorado, si no ha sido utilizado antes por la empresa, o si difiere sustancialmente del proceso anteriormente utilizado. La mejora o novedad no ha de ser meramente formal o accesoria, sino que debe suponer la existencia de un cambio esencial o la modificación en alguna de las características básicas e intrínsecas del proceso.

Las iniciativas comprenderán aquellas actividades, ya sean de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, realizadas por la empresa que impliquen desarrollo o aplicación de un nuevo proceso o significativamente mejorado mediante la incorporación de métodos, técnicas, tecnologías emergentes o soluciones digitales en la empresa. 

El resultado del proyecto de innovación empresarial deberá concretarse en la adopción o implementación por parte de la empresa del nuevo o mejorado proceso.

Actuaciones no subvencionables:

  • El desarrollo de productos o soluciones a medida, cuya aplicación o resultado no pueda extenderse a diversos usuarios, o que sólo puedan ser aplicadas en empresas vinculadas a la entidad beneficiaria. Tampoco se consideran subvencionables los proyectos de desarrollo de nuevos productos que no vayan a formar parte del portafolio de productos de la empresa.
  • El desarrollo de programas de software u aplicaciones informáticas, que supongan la mera adaptación de la solución a un sector determinado o a una temática concreta o a una finalidad informativa, usando métodos o herramientas ya utilizadas por la empresa, salvo que incorporen nuevas funcionalidades relevantes con respecto a otros productos desarrollados.
  • El desarrollo de productos personalizados derivados de actividades creativas y profesionales tales como libros, películas o juegos de ordenador.
  • El desarrollo de productos o adopción de procesos por parte de empresas de nueva creación en los que no exista productos o procesos con los que comparar, salvo que los mismos sean novedosos y no estén sustancialmente asentados en el mercado.

Requisitos de los proyectos:

  • Los proyectos deben ser coherentes con las prioridades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha para el período 2021-2027, (S3 CLM), y encuadrarse en alguno de los siguientes sectores establecidos en la misma: Industria en transición y servicios auxiliares; Turismo, Cultura y Patrimonio Natural; Aeronáutica; Salud y Calidad de Vida; Logística y Movilidad Inteligente.
  • En la solicitud de ayuda, la empresa interesada deberá determinar la fecha de inicio y finalización del proyecto, con una duración máxima prevista de 12 meses, y acreditar que el proyecto no se ha iniciado anteriormente, mediante la declaración responsable. Todos los gastos del proyecto deberán estar comprendidos entre las citadas fechas.

* En la resolución individual de concesión se determinará el plazo de ejecución en función de lo solicitado por la entidad interesada. En el caso de que la resolución de concesión se dicte una vez finalizado el plazo de ejecución del proyecto de acuerdo a lo indicado por la entidad interesada, la fecha de notificación de la ayuda determinará el inicio del plazo de justificación.

El importe de los proyectos solicitados no podrá ser inferior al límite mínimo de gasto subvencionable de 5.000€, ni superar el límite máximo de gasto subvencionable de 300.000€. El proyecto no podrá ser objeto de división artificial con la finalidad de ajustarse a los límites de gasto subvencionable.

Tipo de ayuda:

  • La cuantía de la subvención a conceder vendrá determinada por un porcentaje que se aplicará a la inversión o coste que se considere subvencionable:
    • Un 50% para las microempresas y pequeñas empresas.
    • Un 40% para las medianas empresas
    • Un 30% para las grandes empresas.
  • La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 300.000€ durante un período de tres años anteriores a la concesión de la ayuda

Se admitirá un máximo de dos solicitudes por empresa interesada, ya sean a título individual o como miembro de una agrupación para los proyectos en colaboración.

Costes subvencionables:

Son gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto, su coste de adquisición no supere el valor de mercado, y se realicen dentro del plazo de ejecución previsto en la resolución de concesión. Podrán ser subvencionables los siguientes gastos:

  1. Los costes laborales del personal propio de la empresa directamente involucrado en la ejecución del proyecto por el trabajo efectivo realizado en el mismo, que incluirá, sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo y las cotizaciones a la Seguridad Social soportadas por el empleador, calculados de acuerdo a una tarifa horaria mediante un sistema de costes simplificados, considerando una tarifa horaria resultante de dividir entre 1.720 horas los últimos costes salariales brutos anuales documentados en el caso de las personas que trabajan a tiempo completo, o por la prorrata de 1.720 horas correspondiente en el caso de las personas que trabajan a tiempo parcial.
  1. Se admitirán como máximo subvencionable en este concepto a tres personas por proyecto. Dicho personal deberá estar dado de alta en un grupo de cotización 1 o 2, en una actividad económica subvencionable en el centro de trabajo o establecimiento operativo donde se desarrolle el proyecto antes de la presentación de la solicitud de ayuda, y disponer de una experiencia y titulación acorde y adecuada para el desarrollo del mismo.
  1. Estos gastos podrán referirse también a socios trabajadores de la entidad que prestan sus servicios laborales de forma regular a la misma, siempre que se retribuyan mediante nómina.
  1. Los costes de personal derivados de nuevas contrataciones de personal propio para la ejecución del proyecto, realizadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, con titulación acorde y adecuada para el desarrollo del mismo, en los mismos términos aplicables que los establecidos en la letra a), salvo en lo relativo a la limitación del número de personas para el proyecto, y a que deben contratarse posteriormente a la fecha de solicitud de ayuda.
  1. Los costes de instrumental y material de carácter técnico adquiridos para la realización del proyecto, que no tengan el carácter de reposición y se utilicen exclusivamente para el mismo. Incluye materias primas, material y componentes necesarios para el desarrollo, pruebas y fabricación de prototipos o productos o servicios a modo de serie de prueba necesarios, así como para la validación de los procesos.
  1. La adquisición de equipos tecnológicos para el proyecto que no tengan el carácter de reposición y se destinen exclusivamente al mismo. Incluye bienes de equipo necesarios para la elaboración de prototipos, así como aquellos equipos, sistemas, sensores o dispositivos relacionados con la implantación de nuevos procesos, métodos o técnicas derivados de tecnologías emergentes o soluciones innovadoras asociadas al proyecto subvencionable. Dichos activos deberán quedar instalados en el establecimiento o centro de trabajo de la empresa beneficiaria en la región.
  1. Las colaboraciones externas: los costes de consultoría, ingeniería, laboratorios, certificaciones, y servicios equivalentes de asesoramiento y apoyo a la innovación destinados de manera exclusiva al proyecto.
  1. Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  1. Los costes por adquisición de licencias software, aplicaciones informáticas estándar o a medida, e implantadas por primera vez, que sean necesarios para su adecuada ejecución del proyecto, y que se utilicen exclusivamente en el establecimiento de la entidad beneficiaria de la ayuda.

Plazo de presentación de solicitudes:

  • El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2024, publicada en el DOCM de 28 de junio de 2024, será desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 20 de septiembre de 2024.
  • El periodo subvencionable comprenderá desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda hasta el 30 de septiembre de 2025. En la resolución individual de concesión se determinará el plazo de ejecución en función de lo solicitado por la entidad interesada.
  • El plazo de justificación de las subvenciones convocadas por la presente resolución será de un mes contado a partir de la fecha establecida para la finalización del plazo de ejecución, que se concretará en la resolución de concesión. En el caso de que el plazo de finalización de la ejecución del proyecto sea anterior a la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, el plazo de justificación será de un mes a partir de la fecha de la citada notificación.

Otras consideraciones muy importantes:

Las empresas beneficiarias de las subvenciones, quedan obligadas al cumplimiento de las medidas de información y comunicación sobre el apoyo procedente de los Fondos.

Cumplir con la contabilidad separada para garantizar que los ingresos y gastos relativos al proyecto objeto de ayuda están claramente identificados en la contabilidad de la entidad. 

Atendiendo a las últimas modificaciones legislativas, para proyectos cuya ayuda supere los 30.000€, la empresa debe cumplir el periodo medio de pago no solo de las facturas incluidas en el proyecto subvencionable, sino de todas las facturas (máximo 60 días si hay un acuerdo entre las partes, en caso contario 30 días).

Si deseas más información o asesoramiento, escríbenos a info@proyectainnovacion.com

Comparte

¿Quieres conocer más?
Nuestros especialistas están esperando tu llamada. Contacta con nosotros para conseguir toda la información que necesitas. ¡Te esperamos!
Categorías
Últimas publicaciones
Otros artículos relacionados
ACTIVA STARTUPS 2024

Activa startups 2024

Objeto: La finalidad de estas ayudas es desarrollar conjuntamente (Pyme y Startup) soluciones queaceleren la innovación y puedan activar nuevos productos, servicios y/o modelos de

Cómo gestionar la innovación empresarial

La gestión de la innovación empresarial es un proceso clave para que las organizaciones mantengan su competitividad en mercados dinámicos y en constante evolución. A

Contacta
con nosotros

Los mejores especialistas del sector a tu disposición. La mejor forma para realizar tus consultas.




    Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de privacidad de Google y los Términos de servicio.

    He leído y acepto la política de privacidad

    Quiero suscribirme a la newsletter