Ayudas del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) para potenciar la innovación en determinadas regiones españolas más desfavorecidas y/o que atraviesan especiales dificultades económicas, a través de la mejora de capacidades de empresas que propongan proyectos de inversión tecnológicamente innovadores que faciliten su crecimiento.
Beneficiarios
Empresas.
Podrán ser beneficiarias las empresas que no se encontraban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero pasaron a ser empresas en crisis en el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de diciembre de 2021.
Tipo de ayuda
Ayuda parcialmente reembolsable.
Características de la ayuda
Tipo de interés fijo: Euribor a 1 año +0,5%.
Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado.
Devolución: 9 años, con un año de carencia desde la finalización del proyecto.
El CDTI podrá requerir la constitución de garantías para la devolución de la ayuda cuando el análisis económico financiero de la empresa así lo requiera.
En su caso, el CDTI podrá aplicar una minoración o exención de las garantías solicitadas.
Tramo no reembolsable (calculado sobre un máximo del 75% del presupuesto aprobado):
- Fondos FEDER: 10%
- Fondos CDTI: 5%
La empresa deberá aportar, al menos, el 25% de los costes elegibles bien a través de sus propios recursos, bien mediante financiación externa exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
Características del proyecto
Sólo se apoyarán proyectos con desarrollo en determinadas regiones asistidas.
- Presupuesto mínimo: 175.000 euros.
- Presupuesto máximo: 30.000.000 euros.
Duración: entre 6 meses y 18 meses.
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos pertenecientes a todas las actividades productivas susceptibles de recibir ayuda, excepto aquellas excluidas según la normativa vigente (consultar ficha).
Las inversiones deberán mantenerse en la zona beneficiaria durante al menos cinco años.
Los proyectos podrán ser cofinanciados con cargo al Instrumento Financiero del Programa Operativo FEDER Plurirregional de España (POPE).
Gastos subvencionables
Se financian los siguientes gastos elegibles:
La adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación tecnológica y mejora de capacidades productivas en la empresa (grupo) que realiza el proyecto.
Los costes de inversión en los siguientes activos materiales e inmateriales:
- «activos materiales»: activos consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos,
- «activos inmateriales»: activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual o industrial.
En el caso de las grandes empresas, los costes de los activos inmateriales únicamente serán financiables hasta un límite del 50 % del total de los costes de inversión elegibles del proyecto para la inversión inicial.
Plazo de presentación de solicitudes
Convocatoria continua todo el año.
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