Objeto:
Apoyar a las empresas de la Región de Murcia que desarrollen proyectos en el ámbito de la internacionalización empresarial, a través de acciones dirigidas a mejorar su posicionamiento en mercados exteriores y facilitar el acceso a los mercados internacionales de sus productos y servicios, así como el aseguramiento de sus cadenas de suministro globales, a través de importaciones estratégicas, mediante el apoyo a las acciones incluidas en sus planes de internacionalización, destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto.
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases las PYMES, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y a la acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas.
Cumpliendo las condiciones del párrafo anterior, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes aun careciendo de personalidad jurídica.
Requisitos:
Solo podrán solicitar estas ayudas aquellas empresas cuyo volumen de exportación en el año anterior a la convocatoria no rebase el 50% de su facturación total y que hayan presentado un Plan de Internacionalización que contemple actuaciones correspondientes a un mínimo de dos categorías de gastos subvencionables.
Para poder optar a la ayuda es imprescindible no haber iniciado el proyecto a fecha de solicitud de la ayuda (se podrá incluir gasto con anterioridad de 9 meses a la fecha de solicitud de participación en ferias promocionales).
El proyecto de internacionalización debe alcanzar un importe mínimo de 10.000€ y máximo de 100.000€.
No serán subvencionables los proyectos referidos a un país que ha sido objeto de ayuda en más de dos ocasiones en convocatorias precedentes del Programa de Ayudas a la Internacionalización de las Empresas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
No haber sido ejecutado y pagado en más de un 60% el gasto aprobado y justificado del plan de internacionalización antes de la fecha de presentación de la solicitud.
El plazo de realización de los proyectos aprobados será el comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y hasta 12 meses desde la notificación de la Resolución de Concesión de Ayuda.
Actuaciones subvencionables:
Se subvencionarán los siguientes gastos:
- Viajes de prospección a mercados objetivo del Plan de Internacionalización, incluyendo aquellos dirigidos a la localización de proveedores internacionales estratégicos.
- Participación en ferias, eventos expositivos y promocionales de carácter internacional, demostraciones de producto, presentaciones, temporary shops, desfiles, festivales, certámenes, exposiciones, jornadas técnicas, degustaciones, catas, promociones en punto de venta o similares, encuentros internacionales b2b u otros eventos de similar naturaleza.
- Diseño y desarrollo de acciones de marketing internacional, como el refuerzo de la imagen y posicionamiento de marca, estrategia digital internacional de la empresa, la utilización de las redes sociales, análisis de la competencia, entre otras, con especial hincapié en las de naturaleza digital.
- Participación en procesos de contratación pública internacional convocados oficialmente por entidades públicas extranjeras o instituciones multilaterales.
- Proyectos de implantación de una oficina de representación en el exterior, siempre que no supongan el establecimiento y la explotación de redes de distribución en otros países
Importe de ayuda:
Se trata de una ayuda a fondo perdido que subvenciona hasta el 60% de los costes subvencionables aprobados.
La subvención máxima por beneficiario no podrá superar los 60.000€.
Plazo:
Se puede solicitar la subvención desde el 5 de junio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Las ayudas se concederán por orden de entrada hasta el agotamiento del presupuesto.
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