Consellería ha sacado una ayuda en materia de industrialización para inversiones de pymes industriales que mejoren la competitividad y sostenibilidad de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, mueble, plástico, químico y automoción de la Comunitat Valenciana.
A continuación puede ver la información de la ayuda:
*Acciones subvencionables
Proyectos de inversión industrial desarrollados entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de octubre de 2018, y que se encuadren en alguna de las siguientes tipologías:
- Creación de establecimientos industriales que consistan en el inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana.
- Traslado de establecimientos industriales que consistan en el cambio de localización de una actividad de producción previa, hacia cualquier punto de la Comunitat Valenciana.
- Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes en la Comunitat Valenciana, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.
- Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes en el territorio de la Comunitat Valenciana.
El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 25.000 euros, IVA excluido.
*Beneficiarios:
- Pymes encuadradas en las secciones B y C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), que estén vinculadas directamente a los sectores objeto de esta convocatoria y tengan sede social o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana.
- Se considerará pyme toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica que emplee a menos de 250 personas y tenga un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros.
*Cuantía de la ayuda
Las ayudas consisten en subvenciones del 35% de los gastos elegibles.
*Gastos subvencionables
- Adquisición de maquinaria, aparatos y equipos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior. Se considerarán subvencionables las cuotas pagadas por leasing o arrendamiento financiero si se acredita haber adquirido la propiedad del bien antes de la finalización del periodo de justificación.
- Gastos de auditoría para la elaboración del Informe de revisión de la cuenta justificativa de la subvención, por auditor o empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo de seiscientos euros, IVA excluido, por solicitud.
*Presentación de solicitudes
La presentación de solicitudes y la documentación anexa para la obtención de las ayudas reguladas en la presente convocatoria se realizarán obligatoriamente de forma electrónica.
El plazo de presentación de solicitudes empieza el 25 de enero y acaba el 26 de febrero.
Para más información contáctenos en: info@proyectainnovacion.com