LÍNEAS DE AYUDAS DIRECTAS A EMPRESAS Y PROFESIONALES ESPECIALMENTE AFECTADOS POR LA DANA

Ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la DANA

Objeto:

Se establece un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2024, para los obligados tributarios, empresarios o profesionales, que a 28 de octubre de 2024 tuvieran declarado su domicilio fiscal en cualquiera de los municipios, o áreas de los mismos, comprendidos en la «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» declarada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024.

Órgano responsable:

Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Beneficiarios:

  • Obligados tributarios, empresarios o profesionales, que a fecha 28/10/24 tuvieran declarado su domicilio fiscal en los municipios afectados por la DANA, incluidos en el real decreto ley. (Ver anexo).

(A la espera de confirmación por parte de la AEAT de que se pueda tener en cuenta el domicilio social).

  • Los autónomos y empresas, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas por actividades económicas o contribuyentes del impuesto sobre Sociedades siempre que estuvieran dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores con fecha 28/10/24.

La concesión de la ayuda está condicionada a que el beneficiario siga de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores con fecha 30/06/25.

Ayudas:

  • Para las personas jurídicas, el importe de las ayudas se determinará en función del volumen de operaciones el ejercicio 2023, declarado o comprobado por la Administración en el marco del IVA, o en su defecto, el importe neto de la cifra de negocios, aplicando los importes previstos en el párrafo siguiente:
Volumen de operaciones/Importe neto de la cifra de negocios ejercicio 2023
(M: millones de euros)
Importe (euros)
≤ 1M10.000
>1M ≤2M20.000
>2M≤6M40.000
>6M ≤10M80.000
>10M150.000
  • Los autónomos percibirán un importe único de 5.000€.

Presentación de la solicitud:

La solicitud se presentará en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, cumplimentando el formulario electrónico, en el que necesariamente deberá figurar la cuenta bancaria en la que desee que se le realice el abono.

Plazo de presentación:

Las ayudas se presentarán entre los días 19 de noviembre y 31 de diciembre de 2024.

Plazo de ejecución:

La ayuda acordada se abonará mediante transferencia bancaria, a partir del 1 de diciembre, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia. Transcurridos 3 meses desde solicitud sin haberse efectuado el pago se entenderá desestimada.

A tener en cuenta:

Se han establecido medidas en materia de protección de empleo según las cuales, las empresas beneficiarlas de esta ayuda o que se hayan acogido a otras medidas de suspensión o reducción de su actividad por causas de fuerza mayor no podrán despedir por causas económicas, de fuerza mayor, técnicas, organizativas o de producción relacionadas con la DANA.

El incumplimiento de esta norma conllevará la devolución de la ayuda recibida, y los despidos se considerarán nulos.

Si deseas más información o asesoramiento, escríbenos a info@proyectainnovacion.com.


Anexo. Listado de municipios afectados por la DANA:

NúmeroDenominación
 1Alaquàs.
 2Albal.
 3Albalat de la Ribera.
 4Alborache.
 5Alcàsser.
 6Alcúdia, l’.
 7Aldaia.
 8Alfafar.
 9Alfarb.
10Algemesí.
11Alginet.
12Alhaurín de la Torre.
13Almussafes.
14Alzira.
15Benetússer.
16Benifaió.
17Beniparrell.
18Bétera.
19Bugarra.
20Buñol.
21Calles.
22Camporrobles.
23Carlet.
24Catadau.
25Catarroja.
26Caudete de las Fuentes.
27Corbera.
28Quart de Poblet.
29Cullera.
30Chera.
31Cheste.
32Xirivella.
33Chiva.
34Dos Aguas.
35Favara.
36Fortaleny.
37Fuenterrobles.
38Gestalgar.
39Godelleta.
40Guadassuar.
41Letur.
42Llíria.
43Loriguilla – sólo núcleo urbano junto A3.
44Llocnou de la Corona.
45Llaurí.
46Llombai.
47Macastre.
48Manises.
NúmeroDenominación
49Massanassa.
50Mira.
51Mislata.
52Montserrat.
53Montroi/Montroy.
54Paiporta.
55Paterna.
56Pedralba.
57Picanya.
58Picassent.
59Polinyà de Xúquer.
60Real.
61Requena.
62Riba-roja de Túria.
63Riola.
64Sedaví.
65Siete Aguas.
66Silla.
67Sinarcas.
68Sollana.
69Sot de Chera.
70Sueca.
71Tavernes de la Valldigna.
72Torrent.
73Turís.
74Utiel.
75València – PEDANÍAS SUR: Faitanar, La Torre, Forn d’Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar.
76Vilamarxant.
77Yátova.
78Benicull de Xúquer.

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