Si eres una pyme y estás pensando en digitaliza tu empresa, mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, puedes lograr una ayuda a fondo perdido de hasta el 40%. El plazo para solicitar las ayudas finaliza el 19 de febrero de 2019.
Beneficiarios:
Pymes con sede social o con producción establecida en la Comunitat Valenciana. Éstas deben contar al menos un trabajador consignado en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda (septiembre), siendo computables los trabajadores cooperativistas para las solicitudes presentadas por cooperativas.
Deben encuadrar su actividad en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
- Secciones C, D, E, F – Divisiones 10 a 43
- Sección H – División 49 a 53
- Sección J – Divisiones 58 a 63
- Sección M – divisiones 69 a 74
Requisitos:
Los proyectos que se presenten deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Presupuesto subvencionable a partir de 12.000 €.
- Los proyectos deben ser iniciados con posterioridad al 1 de abril de 2018.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunidad Valenciana.
- Podrá presentarse un máximo de dos proyectos por empresa solicitante.
Actuaciones subvencionables:
Proyectos consistentes en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de la empresa solicitante, en el ámbito de los CNAES antes detallados y relacionados con una o varias de las siguientes actuaciones:
a) Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios. Concretamente se considerarán apoyables:
- Aplicaciones PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
- Soluciones de modelización, simulación y virtualización de procesos.
b) Control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso. Concretamente se considerarán apoyables:
- Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual con aplicación en este tipo de actuaciones.
- Sistemas de Control Numérico.
- Sistemas MES.
- Sistemas SCADA.
- Aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo.
- Robots industriales (norma ISO 8373).
- Sistemas de visión artificial.
- Sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
- Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
- Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de los mismos.
- Implantación de PLC.
c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular. Concretamente se considerarán apoyables:
- Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP y aplicaciones de Business Intelligence.
- Aplicaciones de gestión logística interna y externa, entre otras aplicaciones SCM, SGA, MRP y CRM.
- Aplicaciones destinadas a actuaciones de economía circular.
d) Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos, inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones, es decir, vinculados con actuaciones como las descritas en los apartados a, b o c anteriores, realizadas por la empresa dentro del proyecto objeto de apoyo o ya desarrolladas con anterioridad. Concretamente se considerarán apoyables:
- Dispositivos y aplicaciones de telecomunicación.
- Soluciones basadas en cloud computing.
- Aplicaciones big data.
- Soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones.
- Soluciones para la digitalización de productos y dispositivos para dotarlos de funcionalidad IoT.
- Soluciones basadas en técnicas de inteligencia artificial.
Tipo de ayuda:
Subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
- Pequeña empresa: hasta el 40%
- Mediana empresa: hasta el 30%
El presupuesto subvencionable se limitará a 100.000 € en aquellos casos en que el proyecto sea de mayor dimensión.
Gastos subvencionables:
- Activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento:
- Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión / monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
- Desarrollo de aplicaciones a medida.
- Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software.
- Adquisición de activos materiales. Estos activos deberán quedar instalados en el establecimiento ubicado en la Comunitat Valenciana.
- Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones
- Adquisición o adaptación de bienes de equipo directa y exclusivamente relacionados con las actuaciones recogidas en la actuación apoyable.
- Servicios externos.
- Costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el menor del 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 €.
Si quieres más información puedes contactarnos en info@proyectainnovacion.com