avalem experiència

Avalem Experiència 2023

Objeto

La finalidad de estas ayudas es fomentar la contratación indefinida a jornada completa de personas desempleadas de colectivos vulnerables.

Beneficiarios

Empresas y autónomos con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana. Quedan excluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las sociedades civiles o las comunidades de bienes.

Actuaciones subvencionables

Se subvencionará la contratación de personas desempleadas e inscritas en el Labora como demandantes de empleo al menos un día antes a la realización del contrato y que pertenezcan a algunos de los siguientes colectivos:

  1. Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  2. Personas desempleadas de larga duración.
  3. Personas mayores de 50 años.
  4. Personas con diversidad funcional.
  5. Mujeres víctimas de violencia de género.
  6. Mujeres víctimas de violencia sexual.
  7. Mujeres de víctimas de trata.
  8. Mujeres cabezas de familia monoparental.

Importe de ayuda

El importe de la subvención será el resultado de multiplicar un *porcentaje del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación por 24 (meses de mantenimiento del contrato).

El porcentaje varía en función de los siguientes criterios:

  • Si el contratado es hombre: 90 %, lo que supone unos 27.216 €.
  • Si la contratada es mujer: 95 %, lo que supone unos 28.728 €.
  • Si se trata de una persona con diversidad funcional, se encuentra bajo tutela de la Generalitat o es víctima de violencia de género: 100 %, lo que supone unos 30.240€.

Requisitos

  • Realizar contratación indefinida inicial a jornada completa.
  • El contrato debe de tener un periodo de prueba inferior a 2 meses.
  • La persona contratada no podrá tener relación con la empresa los 6 meses previos a la contratación.
  • Mantener el puesto de trabajo durante 2 años.
  • Mantener la media de trabajadores global de la empresa durante 2 años desde la contratación.

Condiciones de la contratación

  • La contratación de la persona deberá efectuarse con posterioridad a la publicación del extracto de la presente convocatoria de subvenciones.
  • La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.

Exclusiones

  • Contratos que tengan un periodo de prueba igual o superior a 2 meses; los contratos fijos discontinuos y los contratos de servicio del hogar familiar.
  • Contratos a tiempo parcial.
  • Personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora en los 6 meses previos a la contratación.
  • Contrataciones realizadas por empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición de la persona trabajadora en empresas usuarias en las que prestarán sus servicios.
  • Contrataciones realizadas por empleadores que hubieran sido excluidos como beneficiarios de programas de empleo.
  • Contrataciones realizadas por empleadores sancionados en los dos años anteriores.
  • Contrataciones en las que la entidad empleadora o los cargos directivos o miembros de los órganos de administración de las empresas mantengan con el trabajador contratado una relación de cónyuge, ascendiente, descendiente o demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, y sus análogas en el caso de las parejas de hecho.

Sustitución

Si la persona contratada causara baja en la empresa por voluntad propia o por motivos no declarados improcedentes, podrá ser sustituida en el plazo de un mes por otra persona en las mismas condiciones. En ese plazo se deberá notificar a LABORA la sustitución.

No se admitirá la sustitución en los siguientes casos:

  • La baja de la persona se produzca antes de la resolución oficial de la ayuda.

Plazo

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, a partir del 2 de marzo del 2023 hasta el 31 de mayo 2023. Cabe recordar que las solicitudes se tramitarán por orden de entrada.

Si deseas más información o asesoramiento, escríbenos a info@proyectainnovacion.com

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