El efecto incentivador, significa que la ayuda debe de provocar un cambio en el comportamiento del beneficiario incrementando su innovación.
Se considera que las ayudas tienen efecto incentivador cuando se cumple que:
- La actividad del proyecto o del estudio de viabilidad técnica no se ha iniciado antes de presentar la solicitud de ayuda.
- El beneficiario del proyecto o estudio de viabilidad técnica es una PYME y además el importe de la ayuda es inferior a 7,5 millones de euros por proyecto y por PYME.
En el caso de empresas no PYME, además de no haber iniciado el proyecto antes de la presentación de la solicitud de la ayuda, se deberá incluir junto a la solicitud de la ayuda una memoria con una evaluación del incremento de las actividades de I+D+i, mediante un análisis que compare la situación con y sin concesión de ayudas.
En caso de que no se acredite que la ayuda tiene efecto incentivador, al ser éste un criterio de selección previa, no se realizará la evaluación de la solicitud. Por tanto, será causa de denegación de la ayuda.
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