Ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), para el impulso de actuaciones encaminadas a la explotación de los recursos energéticos renovables.
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como empresarias o empresarios individuales.
No podrán ser beneficiarias las empresas instaladoras cuando no sean titulares de las instalaciones objeto de ayuda.
En general, no podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades y personas físicas o jurídicas excluidas o que no cumplan los requisitos y condiciones del artículo 4 de la Orden 19/2016, de 19 de octubre.
Características de la ayuda
Las ayudas tendrán la consideración de subvención, y tendrán una intensidad de hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto.
No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas, y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, así como a los ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas, con un máximo de 200.000 euros por proyecto.
Actuaciones apoyables
El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
Solo se considerarán apoyables los proyectos y/o instalaciones nuevas que estén constituidas por equipos nuevos y sin uso previo, y en todo caso el importe de las ayudas será independiente de la producción.
Los proyectos se deberán ejecutar en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la protección y mejora del medio ambiente, y contar, con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada Red Natura, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea. La obtención de dicho certificado se gestionará por el IVACE.
Plazo de presentación de solicitudes
Del 27 de julio de 2022 hasta el 4 de noviembre de 2022.
Plazo de justificación
Hasta el 30 de junio de 2023.
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