Subvenciones del 35-45% para la inversión productiva en Murcia

Beneficiarios: 

Podrán optar a la ayuda Pymes que realicen inversiones en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, dedicadas a cualquier sector de actividad, salvo a la pesca, acuicultura, producción primaria de productos agrícolas y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas. 

Objeto: 

Fomentar los proyectos de inversión en activos materiales relacionados con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente. 

Requisitos: 

  • El proyecto de inversión no podrá estar iniciado antes de la presentación de la solicitud la solicitud. 
  • El proyecto de inversión deberá tener una cuantía de inversión elegible mínima de 50.000€ 
  • Las inversiones deberán mantenerse durante tres años desde la finalización del proyecto considerado. 
  • Aportación mínima del beneficiario del 25% de la financiación del proyecto mediante cualquier tipo de recursos no subvencionados, es decir, mediante sus recursos propios o mediante financiación externa sin elemento de ayuda (exenta de cualquier tipo de ayuda pública). 
  • La inversión inicial emprendida por el mismo beneficiario (a nivel de grupo) en un período de tres años contado a partir de la fecha de inicio de los trabajos en otra inversión que haya recibido ayuda en la Región de Murcia se considerará parte de un proyecto de inversión único. 
  • En el caso de ayudas concedidas para una diversificación de un establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar como mínimo el 200% del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de la inversión elegible. 

Actuaciones subvencionables: 

Se subvencionará la adquisición de activos productivos materiales nuevos adquiridos a terceros. Excluidos terrenos, edificaciones, obra civil, elementos de transporte externo y adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas. 

Importe de ayuda: 

Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 45% para pequeñas empresas y del 35% para medianas empresas sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 150.000 €. 

Plazos de presentación: 

La solicitud podrá presentarse desde el 29 de septiembre de 2021 hasta el 28 de octubre de 2021. 

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