Las pymes que tengan previsto realizar un proyecto de innovación tecnológica pueden acceder a una subvención de hasta el 25%. Se trata de ayudas a fondo perdido promovidas por el IVACE. Las solicitudes pueden formalizarse desde el 26/02/2018 hasta el 26/03/2018.
BENEFICIARIOS
PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana. En las tres primeras actuaciones serán empresas industriales manufactureras que deberán estar encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). En INNOVATeiC-CV las beneficiarias serán pymes quedando excluidas las que desarrollen actividades encuadradas en los epígrafes K y L de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
En las tres primeras actuaciones las empresas deberán contar al menos con dos personas consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al segundo mes anterior a la solicitud, siendo computables a estos efectos el personal trabajador cooperativista en el caso de las solicitudes presentadas por cooperativas. En la actuación INNOVATeiC-CV deberán contar al menos con un trabajador o trabajadora.
ACTUACIONES DE INNOVACIÓN APOYABLES
Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
INNOVAProD-CV — Innovación de producto. Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante. Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales. El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.
INNOVAProC-CV — Innovación de proceso. Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:
- Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.
- Readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia:
- Cambios en procesos para la obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño.
- Cambios de procesos que supongan la incorporación de tecnologías ecoeficientes.
- Cambios en procesos para uso eficiente de recursos.
- Cambios en procesos para facilitar el reciclaje, la reutilización y la valorización de residuos, la clasificación de subproductos, y la simbiosis industrial.
- Cambios en procesos para garantizar la trazabilidad del producto.
INNOVAi4.0-CV — Adaptación industria 4.0. Proyectos que tengan como objetivo la transformación de pymes manufactureras hacia un modelo productivo de fabricación avanzada mediante la incorporación de nuevas tecnologías digitales y aplicaciones, que necesariamente deberán tener como resultado la puesta en marcha de nuevas soluciones que incorporen estas tres características: digitalización del mundo real con la captura masiva y en tiempo real de los datos; transmisión de la información digital a lo largo de la cadena de valor; procesamiento masivo y análisis inteligente de los datos que permitirá actuaciones en base a la información obtenida.
INNOVATeiC-CV — Innovación soluciones TEICs. Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida. El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización. Se admitirán igualmente nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.
TIPO DE AYUDA
Subvención que podrá suponer hasta el 25% del importe de los costes subvencionables. Se establece una ayuda máxima de 75.000 euros, excepto para la actuación INNOVAi4.0, cuyo importe máximo de ayuda se fija en 100.000 euros.
COSTES SUBVENCIONABLES
INNOVAProD-CV — Innovación de producto
- Servicios de consultoría y asistencia técnica para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
- Para que la propuesta sea viable deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 15 % del coste subvencionable total o 25.000 euros. Para proyectos de innovación directamente derivados de un proyecto de I+D anteriormente desarrollado por la empresa solicitante sobre cuyos resultados se plantea la puesta en producción de un nuevo producto, también será necesaria la contratación de servicios externos de estas características, pero sin aplicar los límites anteriores; en estos casos deberá acreditarse que ese proyecto de I+D ha recibido una ayuda en 2015, 2016 o 2017 proveniente de convocatorias de programas de I+D, de IVACE o de otro organismo público.
- Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
- Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos.
- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 000 euros.
- Adquisición de activos materiales: adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo y servicios necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada.
INNOVAProC-CV — Innovación de proceso
- Servicios de consultoría e ingeniería para implantación de medidas. La propuesta no será viable si el coste subvencionable no alcanza la menor de las siguientes cantidades, 15% del coste subvencionable o 25.000 euros.
- Adquisición de activos inmateriales. Software de control, captación de datos, indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos.
- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 000 euros.
- Adquisición de activos materiales. Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios. Para proyectos de readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia, serán elegibles la adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos acordes a la convocatoria. No será elegible la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos.
INNOVAi4.0-CV — Adaptación industria 4.0.
- Servicios de consultoría e ingeniería en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analytics, robótica, realidad aumentada, visión artificial, sensorización, diseño y fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas. La propuesta no será viable si el coste subvencionable no alcanza la menor de las siguientes cantidades, 15% del coste subvencionable o 25.000 euros.
- Activos inmateriales. Desarrollo de software a medida, adquisición de nuevas licencias, o bajo la modalidad de pago por uso, incluyendo para todos ellos los costes de implantación: aplicaciones de gestión empresarial, soluciones de big data y análisis, cloud computing, ciberseguridad, así como software de comunicaciones para facilitar el funcionamiento de las soluciones que integren el proyecto.
- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será el que resulte menor de los siguientes: un 20% del resto de costes subvencionables o 000 euros.
- Activos materiales. Inversiones en hardware, equipos de telecomunicación, sistemas embebidos, sensores, robots, dispositivos electrónicos para aplicaciones de realidad aumentada, visión artificial y automatización avanzada, equipos para fabricación aditiva; adaptación de equipos productivos necesarios para la implementación de las soluciones propuestas. No se considerarán subvencionables servidores, ordenadores personales y periféricos, para su empleo en aplicaciones de gestión.
INNOVATeiC — Innovación en TEICs.
- Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.
- Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
- Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final.
- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 000 euros.
- Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija.d) Adquisición de activos materiales. Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios. Para acciones en el ámbito de cambios en procesos serán elegibles adaptaciones y modificaciones de bienes de equipo relacionados con el proyecto de innovación. No será elegible la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos.
INNOVAi4.0-CV — Adaptación industria 4.0.
- Servicios externos. Servicios de consultoría e ingeniería en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analytics, robótica, realidad aumentada, visión artificial, sensorización, diseño y fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas. La propuesta no será viable si el coste subvencionable no alcanza la menor de las siguientes cantidades, 15% del coste subvencionable o 37.500 euros.
- Activos inmateriales. Desarrollo de software a medida, adquisición de nuevas licencias, o bajo la modalidad de pago por uso, incluyendo para todos ellos los costes de implantación: aplicaciones de gestión empresarial, soluciones de big data y análisis, cloud computing, ciberseguridad, así como software de comunicaciones para facilitar el funcionamiento de las soluciones que integren el proyecto.
- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será el que resulte menor de los siguientes: un 20% del resto de costes subvencionables o 20.000 euros.
- Activos materiales. Inversiones en hardware, equipos de telecomunicación, sistemas embebidos, sensores, robots, dispositivos electrónicos para aplicaciones de realidad aumentada, visión artificial y automatización avanzada, equipos para fabricación aditiva; adaptación de equipos productivos necesarios para la implementación de las soluciones propuestas. No se considerarán subvencionables servidores, ordenadores personales y periféricos, para su empleo en aplicaciones de gestión.
INNOVATeiC — Innovación en TEICs.
- Servicios externos. Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.
- Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
- Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final.
- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 125.000 euros.
- Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija.
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