Ayudas dirigidas al fomento de la transformación digital de PYMES en el mercado de las estrategias RIS4 e «Industria 5.0»

 Fomentar la transformación digital de las empresas mediante la introducción efectiva de tecnologías avanzadas que les permitan: 

  • Mejorar productos, servicios, procesos clave o modelos de negocio. 
  • Personalizar productos y servicios. 
  • Aumentar la eficiencia productiva, logística y de distribución. 
  • Optimizar relaciones con clientes, proveedores y AAPP. 
  • Usar datos para una mejor toma de decisiones. 

PYMES (autónomos y personas jurídicas) que desarrollen actividad económica dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y encuadrada en alguno de los siguientes CNAEs: 

  • Sección C Divisiones 10 a 33. 
  • Sección D, E y F-Divisiones 35 a 43. 
  • Sección H-Divisiones 49 a 52. 
  • Sección I-Divisiones 55 a 56. 
  • Sección J-Divisiones 58 a 63. 
  • Sección M-Divisiones 69 a 74. 

Podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes aun careciendo de personalidad jurídica. 

Las subvenciones previstas pretenden incentiva proyectos innovadores de carácter tecnológico, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva, que consistan en la introducción efectiva de tecnologías de vanguardia en la empresa, para su transformación digital, con la finalidad de mejorar los productos/servicios, los procesos clave o los modelos de negocio, para alcanzar alguna de las siguientes metas: 

a) Personalizar los productos y servicios, adaptándolos a las necesidades de cada cliente. 

b) Flexibilizar y mejorar la eficiencia de los medios productivos, la logística y la distribución. 

c) Mejorar la experiencia de los clientes. 

d) Mejorar las relaciones con proveedores, la Administración Pública y otras entidades. 

e) Analizar y explotar la información disponible, para la mejor toma de decisiones. 

a) El desarrollo por parte del beneficiario de productos o servicios para la transformación digital sino la adquisición a terceros de tecnología y de los servicios necesarios para la implantación del proyecto de transformación digital. 

b) Aquellos proyectos que supongan la modificación habitual o periódica efectuada en los productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras actividades en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras, ni la mejora de hardware o software (licencias o aplicaciones) existentes en la empresa. 

c) Los proyectos que consistan en la mera adquisición de bienes de equipo, equipos informáticos o software. 

d) Las inversiones o gastos destinados a implantar y/o mejorar el teletrabajo. 

Serán subvencionables los proyectos de implantación de tecnologías para la transformación digital, que incluyan soluciones pertenecientes a una o varias de las siguientes actuaciones, como se muestra a continuación: 

GrupoActuacionesSolucionesCategoría
ISistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y serviciosSoluciones de diseño: CAD, CAM, CAE y DFM1
Aplicaciones de gestión del producto: PLM y PDM2
Aplicaciones de soporte remoto de productos2
Soluciones de modelización y simulación2
IITransformación de los procesos productivosAplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual3
Sistemas de Control Numérico1
Sistemas MES2
Sistemas SCADA y/o implantación de PLC1
Aplicaciones GMAO para mantenimiento preventivo2
Robots industriales2
Sistemas de visión artificial3
Sistemas automatizados de logística interna y trazabilidad2
Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D3
Sensorización de productos, servicios o procesos2
Virtualización de procesos, gemelos digitales3
IIIPlanificación de recursos empresariales, logística y comercio electrónicoAplicaciones ERP, SCM y MRP1
Business Intelligence, Big Data, cuadros de mando, integración de datos2
Gestión documental1
Automatización de procesos: BPM y RPA3
CRM y comercio electrónico integrados con logística/facturación1
IVSeguridad avanzada, IA y análisis de datos (relacionado con otros grupos)Soluciones de ciberseguridad (excepto auditoría)2
Aplicaciones a medida de inteligencia artificial3

El proyecto no podrá haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud. El periodo de ejecución abarcará desde la presentación de la ayuda hasta 18 meses a partir de la resolución de la concesión de la ayuda.

  • Se establecerá en las convocatorias la cuantía máxima de subvención a cada beneficiario que, en ningún caso podrá exceder de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €)
  • La intensidad de la ayuda no podrá ser superior al 70%.
  • Se podrán solicitar en el plazo previsto publicado por el Boletín Oficial de la Región de Murcia correspondiente a la convocatoria publicada.
  • Las ayudas se concederán por concurrencia competitiva.

Serán subvencionables los siguientes gastos:

Tipo de gastoDescripción
Colaboraciones externasGastos de colaboraciones externas directamente relacionadas con la transformación digital.  Consultoría, desarrollos a medida, asesoramiento técnico, diagnóstico TIC, metodologías de mejora de procesos (LEAN, etc.), rediseño de modelo de negocio.
Inversiones inmaterialesLicencias de software específicas para el proyecto (no genéricas como ofimática o antivirus), excluyendo actualizaciones o cambios de versión de software ya en uso, y los costes por uso de aplicaciones y soluciones.
Adquisición de activos materialesEquipos y maquinaria nueva directamente relacionada con el proyecto. Se excluyen terrenos, edificios, obra civil (salvo la imprescindible), vehículos, formación y dietas.
Auditoría de ciberseguridadCoste subvencionable obligatorio (si no se dispone de una auditoría reciente, realizada 2 años vista).  Límite: 5.000 €.
Costes indirectosSe calcula un 7% fijo sobre los costes directos subvencionables. No requieren justificación individualizada.

* Si existiesen limites en cada uno de los gastos serán establecidos por las propias convocatorias.

El plazo para justificar el proyecto será como máximo un mes posterior a la finalización del plazo establecido en el proyecto.

  • Convocatoria sujeta a minimis. 
  • Criterios de evaluación importantes:
    • Tener colaboración con organismos de investigación (hasta 10 puntos).
    • No haber recibido ayuda del INFO en los dos años anteriores (8 puntos).
    • Ubicación en municipio de menos de 40.000 habitantes (5 puntos).
    • Tener certificados de igualdad o calidad digital de la Región de Murcia (hasta 4 puntos más).
    • Contratación de personal técnico (grupo 1 de cotización): +10 puntos extra.

Si deseas más información o asesoramiento, escríbenos a info@proyectainnovacion.com.

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