Línea I+D PYME
Convocatoria: PENDIENTE (Se ha publicado en la base nacional de subvenciones).
PRESUPUESTO GLOBAL: 4 MILLONES DE EUROS.
Plazos:
- Presentación solicitudes: 11/02/2025 – 25/03/2025
- Plazo ejecución: Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha solicitud y podrá finalizarse hasta el 30/06/2026.
- Plazo de justificación: hasta el 6 de octubre de 2026.
Objetivos:
Realización de proyectos de I+D por parte de las pymes.
Empresas beneficiarias:
PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación tengan al menos tres personas como personal propio o sean empresas innovadoras.
Requisitos de los proyectos:
Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
- Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
- Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 30.000 euros y menor de 175.000 euros.
- El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa ni tampoco por ninguna otra vinculada o contratada para la realización del proyecto.
- Una misma empresa puede solicitar más de un proyecto de esta tipología.
Actuaciones apoyables:
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
- Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
- Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. A continuación, se detallan los TRL:
- TRL 1: Principios básicos observados y reportados.
- TRL 2: Concepto y/o aplicación tecnológica formulada.
- TRL 3: Función crítica analítica y experimental y/o prueba de concepto característica.
- TRL 4: Validación de componente y/o disposición de los mismos en entorno de laboratorio.
- TRL 5: Validación de componente y/o disposición de los mismos en un entorno relevante.
- TRL 6: Modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante.
- TRL 7: Demostración de sistema o prototipo en un entorno real.
- TRL 8: Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.
- TRL 9: Sistema probado con éxito en entorno real.
Tipo de ayuda:
Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:
- Pequeña empresa: hasta el 45%.
- Mediana empresa: hasta el 35%.
Costes subvencionables:
1. Servicios externos
- Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
- Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.
- Se valora positivamente la presentación del contrato con centros de investigación.
2. Adquisición de patentes y licencias
Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.
3. Personal propio
Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.
4. Materiales
Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo.
5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento
Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico.
6. Auditoría
Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
Línea I+D PYME COOP
PRESUPUESTO GLOBAL: 3 MILLONES DE EUROS
Convocatoria: PENDIENTE (Se ha publicado en la base nacional de subvenciones)
Plazos:
- Presentación solicitudes: 11/02/2025 – 25/03/2025
- Plazo ejecución: Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha solicitud y podrá finalizarse hasta el 30/06/2026.
- Plazo de justificación: hasta el 6 de octubre de 2026.
Objetivos:
Realización de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en cooperación entre varias empresas, constituidas como agrupación para el desarrollo del proyecto común.
Empresas beneficiarias:
PYME y grandes empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana, que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.
Las empresas deberán integrar un consorcio creado con el propósito, entre otros, de ejecutar un proyecto común en el marco de este programa. Los consorcios deberán reunir las siguientes condiciones:
- Constituidas por un mínimo de dos empresas independientes entre sí, debiendo ser al menos una de ellas pyme.
- Superado el número de dos empresas, no será necesario el cumplimiento del requisito de tamaño y de independencia en el resto de las empresas de la agrupación.
- Todas las empresas integrantes del consorcio deberán ser necesariamente solicitantes de ayuda a este programa para el mismo proyecto.
- Ninguna empresa integrante del consorcio podrá correr por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto, ni con menos del 15% de los mismos.
- La empresa que mayor participación económica tenga en el proyecto asumirá la condición de líder del proyecto.
La constitución del consorcio deberá acreditarse mediante un acuerdo entre las partes.
Requisitos de los proyectos:
- Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
- Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público. Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 80.000 euros y menor de 500.000 euros.
- El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por esta ni tampoco por ninguna otra empresa vinculada o contratada para la realización del proyecto.
- Será condición imprescindible para percibir la ayuda mantener los requisitos que para la validez del consorcio se exigen en el apartado Empresas Beneficiarias del anexo de la convocatoria correspondiente a este programa.
- Una misma empresa puede solicitar más de un proyecto de esta tipología.
Actuaciones apoyables:
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
- Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.
- Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. A continuación, se detallan los TRL:
- TRL 1: Principios básicos observados y reportados.
- TRL 2: Concepto y/o aplicación tecnológica formulada.
- TRL 3: Función crítica analítica y experimental y/o prueba de concepto característica.
- TRL 4: Validación de componente y/o disposición de los mismos en entorno de laboratorio.
- TRL 5: Validación de componente y/o disposición de los mismos en un entorno relevante.
- TRL 6: Modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante.
- TRL 7: Demostración de sistema o prototipo en un entorno real.
- TRL 8: Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.
- TRL 9: Sistema probado con éxito en entorno real.
Tipo de ayuda:
Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:
- Pequeña empresa: hasta el 60%.
- Mediana empresa: hasta el 50%.
- Gran empresa: hasta el 40%.
Costes subvencionables:
1. Servicios externos
- Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
- Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.
- Se valora positivamente la presentación del contrato con centros de investigación.
2. Adquisición de patentes y licencias
Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.
3. Personal propio
Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo. Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.
4. Materiales
Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo
5. Gastos de amortización del instrumental y equipamiento
Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico.
6. Auditoría
Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
Línea INNOVA Información principal
Convocatoria: PENDIENTE (Se ha publicado en la base nacional de subvenciones)
PRESUPUESTO GLOBAL: 12,5 MILLONES DE EUROS
Plazos:
- Presentación solicitudes: 11/02/2025 – 25/03/2025
- Plazo de ejecución: Deberá iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2025 y podrá finalizarse hasta el 30/06/2026
- Plazo de justificación: hasta el 6 octubre 2026
Objetivos:
Realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.
Los proyectos de innovación podrán desarrollarse en cuatro actuaciones:
- Desarrollo de nuevos productos (INNOVAProD-CV).
- Puesta en marcha o readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua y con criterios de ecoeficiencia (INNOVAProC-CV).
- Desarrollo de soluciones TEICs innovadoras que no supongan desarrollos a medida (INNOVATeiC-CV).
Empresas beneficiarias:
- PYME con sede social y establecimiento de producción ubicado en la CV excepto las que desarrollen actividades financieras o inmobiliarias.
- Requisitos de personal: contar con al menos dos personas como personal propio.
- En el caso de la InnovaTEIC: En el caso de las pymes que acrediten el carácter nueva empresa innovadora, no se establece un mínimo de personal propio para poder ser beneficiaria.
INNOVA PRODUCTO | INNOVA PROCESO | INNOVATEIC |
CNAE: del 10 a 33 | CNAE: del 10 al 33 y 49 a 52 | CNAE: del 26 al 30 y del 61-62. También el 5821, 5829, 6311, 6312 |
Posibilidad de presentar más de un proyecto por empresa. |
Requisitos de los proyectos:
- Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2025, y no deberán haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
- El proyecto debe esta encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3 CV).
- Presupuesto subvencionable del proyecto igual o superior a 15.000 euros.
Actuaciones apoyables:
INNOVA PRODUCTO | INNOVA PROCESO |
Los proyectos tendrán como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante, siempre que la novedad o mejora planteada represente un avance relevante para la empresa y que no se encuentre disponible de forma generalizada en el sector al que pertenece la empresa. Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales. El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real. | Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías: a) Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua. b) Puesta en marcha de, nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes de la empresa que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular mediante la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales que correspondan a alguna de las siguientes categorías de actuación: – Reducción del consumo de materias primas vírgenes mediante circularidad. – Obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño. – Soluciones tecnológicas ecoinnovadoras circulares orientadas a: reutilización de residuos. No serán subvencionables las actuaciones destinadas al tratamiento y regeneración de aguas residuales |
INNOVATEIC |
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida. El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización a terceros. Se admitirán nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas. Estas nuevas funcionalidades deberán detallarse y tener un alcance sustancial, no siendo admisible la mera adaptación de la solución a un sector determinado. Se excluyen las soluciones a medida o que puedan ser aplicadas en empresas vinculadas al beneficiario. Se excluyen soluciones de tipo Marketplace (plataformas de comercialización). |
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:
- Pequeña empresa: hasta el 45%.
- Mediana empresa: hasta el 35%.
Costes subvencionables:
INNOVA PRODUCTO |
a) Servicios de consultoría y asistencia técnica de los indicados a continuación para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. La existencia de este tipo de gastos es requisito para que el proyecto se apruebe: – Deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total o 15.000 euros. – Para proyectos que deriven directamente de proyectos de I+D, no se establece un mínimo, pero será imprescindible la contratación de algún servicio de consultoría o asistencia técnica de las características previstas. b) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto. c) Adquisición de activos inmateriales: patentes, o software relacionado con los nuevos productos. d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 50.000 euros. Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo. e) Adquisición de activos materiales: adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo y servicios necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada. f) Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención, por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda. |
INNOVA PROCESO |
a) Servicios de consultoría y asistencia técnica para implantación de medidas. La existencia de este tipo de gastos es requisito para que el proyecto se apruebe. – Para readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua, deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total o 15.000 euros. – Para proyectos de puesta en marcha de, nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes, no se exige porcentaje mínimo de estos gastos, pero será imprescindible la contratación de algún servicio de consultoría o asistencia técnica: a. Asistencia técnica especializa en conocimientos técnicos en la materia. b. Costes de elaboración de un análisis de ciclo de vida (simplificado o completo) que evidencie la mejora medioambiental que supone el proyecto. c. Costes de realización de ensayos, analíticas, pruebas de laboratorio. d. Costes de estudios de viabilidad técnico-económica y/o diagnósticos. e. Costes de tramitación necesaria para la certificación medioambiental. b) Adquisición de activos inmateriales. Software de control, captación de datos, indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo el proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos, excepto ERP. c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 50.000 euros. Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo. d) Adquisición de activos materiales. – Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios. – Para proyectos de readaptación de procesos, métodos o técnicas de producción con criterios de ecoeficiencia, serán elegibles la adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos, métodos o técnicas de producción acordes a la convocatoria, así como los servicios y suministros materiales para disponer de un proceso verificable de la solución desarrollada. No será elegible en esta tipología de costes la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos. e) Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención, por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda. |
INNOVATEIC |
a) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones. (No es obligatorio tener subcontrataciones). b) Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto. c) Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final. d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 125.000 euros Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo. e) Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija y que queden integrados en el prototipo. Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana. f) Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención, por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda. No son admisibles gastos como ordenadores, monitores, servidores, etc. |
RESUMEN LÍNEAS
I+D | I+D COOP | INNOVA PRODUCTO | INNOVA PROCESO | INNOVATEIC | |
Sede social | Dentro o fuera CV | Dentro o fuera CV | Dentro CV | ||
% ayuda | Pequeña: 45% Mediana: 35% | Pequeña: 60% Mediana: 50% Grande: 40% | Pequeña: 45% Mediana: 35% | ||
Obligación número mínimo de trabajadores | 3 trabajadores, excepto jóvenes empresas innovadoras (inferior a 5 años de antigüedad) | 2 trabajadores | 2 trabajadores excepto jóvenes empresas innovadoras (inferior a 5 años de antigüedad) | ||
CNAE | No limitados | No limitados | 10-33 | 10-33 49-52 | 26-30 61-62 5821, 5829, 6311, 6312 |
Obligaciones que deben cumplir las empresas beneficiarias de ayudas IVACE 2025 (líneas I+D, PIDCOOP, INNOVA)
Instrumento de control medioambiental:
Las empresas deberán acreditar, en el momento de concesión de la ayuda, la adecuación a la normativa medioambiental de las instalaciones en las que vayan a ejecutar el proyecto. Las opciones para acreditarlo son:
- Disponer de autorización para iniciar su actividad: o Licencia ambiental
- Autorización ambiental integrada
- Declaración responsable ambiental
- Certificado de actividades inocuas
- Disponer de un sistema de gestión de ambiental EMAS1 o ISO14001.
- Si la empresa no es titular de la ubicación deberá entregar: o Contrato de arrendamiento
- Licencia de apertura o autorización de inicio de actividad de la propia entidad solicitante (como entidad que explota la instalación).
- Caso especial: Ayuntamientos de Valencia y de Elche, licencia de apertura o autorización de inicio de actividad del titular del local siempre que dicha licencia o autorización de inicio de actividad se haya concedido para la misma actividad que la del proyecto de la entidad solicitante; así como Comunicación al Ayuntamiento competente del inicio de su actividad en dicha ubicación.
Igualdad de oportunidades:
Las empresas deberán acreditar, en el momento de concesión de la ayuda, que cumplen con las obligaciones en materia de igualdad de oportunidades. Las empresas con 50 trabajadores o más deberán disponer de Plan de Igualdad registrado.
Plazos de pago a proveedores:
- Las facturas imputadas a las ayudas deberán pagarse en 30 días como normal general o máximo 60 días, si se llega a un acuerdo con el proveedor.
- Si la propuesta de concesión de la ayuda es superior a 30.000 €, la empresa deberá acreditar que cumple el Periodo Medio de Pago (PMP) a proveedores. Este debe ser inferior a 30 días, máximo 60 si se justifica acuerdo con proveedores. Este dato es a nivel general de la empresa, establecido en la memoria de las cuentas o en el modelo del registro de las cuentas. En el caso de que la empresa no pueda presentar en el Registro Mercantil cuenta de pérdidas y ganancias de forma abreviada, deberá presente una certificación emitida por auditor inscrito en el ROAC.
Obligación del cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH)
El proyecto no podrá causar perjuicios al medio ambiente, y para justificarlo exigen una declaración firmada por la empresa.
Obligación de auditar el proyecto:
En el caso de que os aprueben la ayuda, el proyecto deberá ser auditado por un auditor ROAC.
Gastos superiores a 15.000 €:
- I+D PYME e I+D PID COOP: Las empresas deberán aportar tres ofertas firmadas electrónicamente de diferentes empresas proveedoras sin vinculación ni entre ellas ni con la empresa beneficiaria de la ayuda.
- INNOVA: Las empresas deberán aportar en el momento de la solicitud tres ofertas de diferentes empresas proveedoras sin vinculación ni entre ellas ni con la empresa beneficiaria de la ayuda, preferentemente firmadas electrónicamente.
Posibilidad de solicitar anticipo:
IVACE podrá anticipar un % del pago de la subvención concedida una vez haya sido resuelta:
- Microempresas o pequeñas empresas, hasta un 75 % de la subvención concedida.
- Medianas empresas, hasta un 50 % de la subvención concedida.
Será necesario en todos los casos la constitución de una garantía del 25 % del importe anticipado.
Cualquier proyecto deberá estar encuadrado en alguno de los siguientes ámbitos:
Los proyectos de I+D, I+D COOP e INNOVA deberán estar encuadrados en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3CV):
- Hacia una economía circular y baja en carbono:
- Ecoinnovación como palanca de competitividad.
- Energía limpia y renovable y eficiencia energética.
- Productos, procesos y servicios para la gestión y el uso más eficiente del agua.
- Economía digital disruptiva:
- Tecnologías digitales, tecnologías disruptivas y sistemas de datos con potencial en la Comunitat Valenciana.
- Sistemas inteligentes de movilidad e intermodalidad.
- Comunitat Valenciana innovadora por su origen y destino -calidad de su producto en origen (agroalimentario) o de su producto de destino (turismo)-:
- Valor añadido y sostenibilidad en la cadena alimentaria.
- Turismo Inteligente.
- Innovación para las personas:
- Nuevas tecnologías y conocimiento para la prevención, diagnóstico, tratamiento, asistencia y pronóstico de enfermedades.
- Innovación inclusiva para el envejecimiento activo y saludable y las enfermedades crónicas.
Si deseas más información o asesoramiento, escríbenos a info@proyectainnovacion.com.