El Sello de PYME Innovadora es un reconocimiento otorgado por el Ministerio de Ciencia e Innovación a empresas que cumplen ciertos requisitos de innovación. Este sello ayuda a establecer políticas públicas para su crecimiento y sostenibilidad.
Una PYME se considera innovadora si cumple alguna de las siguientes condiciones:
- Financiación pública: la empresa ha recibido financiación pública en los últimos tres años sin revocaciones por ejecución incorrecta.
- Actividad Innovadora propia: la empresa posee una patente propia explotada en los últimos cinco años o un informe motivado positivo para deducción fiscal según el artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
- Certificaciones oficiales: la empresa cuenta con algunas de las siguientes certificaciones: Joven Empresa Innovadora (JEI), Pyme Innovadora, Sistema de Gestión de la I+D, conforme a la norma UNE 166.002.
El sello puede ser obtenido por microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMEs) según la definición de la Comisión Europea. Los criterios incluyen el número de empleados (tener menos de 250 empleados) y los límites financieros (volumen de negocios inferior a 50 M€ o balance general de hasta 43 M€).
La validez varía en función del requisito:
- Tres años para ayudas o informes motivados.
- Cinco años para patentes.
- Tres años para las certificaciones.
Estrategias para obtener el sello. Entre otras:
- Obtener una patente de invención.
- Obtener un Informe Motivado Vinculante, emitido por el Ministerio de Ciencia, para lo cual previamente se tendrá que certificar el proyecto mediante una entidad de certificación acreditada por ENAC.
- Conseguir financiación de un proyecto de I+D+i mediante CDTI.
- Certificar sistemas de gestión de I+D+i según la norma UNE 166.002.
- Certificar como Joven Empresa Innovadora (JEI) o pequeña/mediana empresa innovadora, EA0043 y EA0047.
Ventajas del Sello:
- Facilitar las bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador, 40% de las cuotas empresariales.
- Aplicar deducciones fiscales, de hasta el 42% del gasto, por actividades de I+D+i.
- Conseguir una reducción de renta neta en cesión de activos intangibles innovadores (Patent Box).
- Compatibilizar las bonificaciones y deducciones fiscales para el mismo personal investigador.
- Conseguir subvenciones para para la contratación y formación de tecnólogos.
- Tener preferencia en la Compra Pública Innovadora.